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Tengo dudas sobre tiempo extraordinario en mi empresa

El régimen de tiempo extraordinario cambió junto con la reforma de jornada laboral. Si su empresa sigue aplicando el criterio anterior, o no tiene un registro confiable de horarios, está expuesta a reclamaciones que hoy resultan más difíciles de defender.

Señales que requieren atención

Lo que cambió

El régimen de tiempo extraordinario ya no funciona con el criterio de "las primeras nueve horas al doble y el resto al triple". Cambió, con un tope semanal que aumenta de forma gradual durante la transición hasta llegar a su esquema definitivo en 2030. El escalón exacto aplicable a cada empresa depende del año y debe revisarse caso por caso.

Decisiones que no conviene posponer

Información que conviene conservar

Errores frecuentes

Cómo puede intervenir IKSA

Esta situación coincide con un servicio específico que ya ofrecemos: la revisión de jornada y registro electrónico, que evalúa su sistema de registro actual con criterio probatorio y revisa el tratamiento del tiempo extraordinario en contratos y reglamento.

Conocer la revisión de jornada y registro electrónico

Esta orientación es general. No sustituye la revisión de su caso específico, que requiere conocer los hechos y la documentación de su empresa.

Siguiente paso

Cuéntenos cómo registra hoy la jornada de su personal.

Fuente: reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada en el Diario Oficial de la Federación. Revisado por última vez el 13 de septiembre de 2026.